SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1078/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1078/2017-S2

Fecha: 09-Oct-2017

II.1.

II.1.  Dentro del proceso social seguido por la accionante y otro contra MUSEPOL, por concepto de reincorporación y pago de beneficios sociales, mediante Sentencia 232/2013 de 10 de septiembre, el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social Séptimo del departamento de La Paz, declaró probada en parte la demanda, disponiendo se proceda a la reincorporación de los demandantes a su fuente de trabajo, con el mismo nivel salarial y al mismo puesto que ocupaban al momento del despido, con el reconocimiento de salarios devengados, hasta el día de su reincorporación, y de acuerdo al Auto Supremo 339 de 3 de septiembre de 2012, dicho pago debe efectuarse previo juramento de ley ante autoridad jurisdiccional, bajo su responsabilidad para el caso de demostrarse lo contrario, de no haber percibido remuneración alguna por otro trabajo prestado desde su destitución (fs. 7 a 18); fallo que al ser apelado por MUSEPOL y respondido por la accionante, mereció el pronunciamiento del Auto de Vista 108/2014-SSA-I de 26 de mayo, confirmando la misma (fs. 30 a 32).