SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1078/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1078/2017-S2

Fecha: 09-Oct-2017

II.2.

II.2.  Solicitada liquidación de sueldos devengados y demás derechos colaterales por escrito de 4 de octubre de 2016 (fs. 48 a 49 vta.), el Juez demandado, por Auto de 5 de octubre de 2016, declaró no ha lugar lo impetrado, señalando lo establecido en la Sentencia 232/2013                -plenamente ejecutoriada-, acorde con la abundante jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia, glosada en los Autos Supremos 23 y 195/2015, que establecen que para la procedencia del pago de los salarios devengados, la o el trabajador no debe haber percibido remuneración alguna por otro trabajo prestado desde su destitución, situación que contradice a las actas de juramento realizadas por la accionante (fs. 50).