SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1090/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1090/2017-S1

Fecha: 03-Oct-2017

las autoridades judiciales no pueden calificar el estado de salud, sino valorar la credibilidad de los certificados médicos

En estos casos, las autoridades judiciales no pueden calificar el estado de salud, sino valorar la credibilidad de los certificados médicos, pues lógicamente no puede asegurar que un simple dolor devenga o no en una enfermedad o problema de salud, que de no ser tratada a tiempo ponga en riesgo la vida, la salud o integridad de una o un imputado'.

De lo anteriormente citado se tiene que toda autoridad de Régimen penitenciario, al momento de conocer una solicitud de atención médica, por aducir un deterioro grave en su salud, de una persona privada de su libertad, respaldado por certificados médicos, debe garantizar la atención inmediata de solicitante, a fin de evitar poner en riesgo la vida y salud del mismo, sin dilación alguna” (las negrillas son añadidas).