SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1091/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1091/2017-S2

Fecha: 09-Oct-2017

corresponde al Tribunal Agroambiental resolver los Recursos de Casación contra las Sentencias o Autos Definitivos emitidos por los Jueces Agroambientales

Así también; a través, del Auto Nacional Agroambiental S1 73/2016 de 10 de noviembre, se indicó: “… en virtud a la competencia otorgada por el art. 36.1 de la LSNRA modificada parcialmente por la L. 3545, corresponde al Tribunal Agroambiental resolver los Recursos de Casación contra las Sentencias o Autos Definitivos emitidos por los Jueces Agroambientales. Que, el art. 87.I de la LSNRA, dispone que contra las Sentencias o Autos Interlocutorios Definitivos emitidos por las Juezas y Jueces Agroambientales, procede el recurso de casación y/o nulidad ante el Tribunal Agroambiental, el cual deberá presentarse en el plazo señalado por ley, mismo que se asimila a una demanda nueva de puro derecho, sometida para su consideración y procedencia a una serie de requisitos contemplados en el ordenamiento legal adjetivo y de obligatorio cumplimiento para los recurrentes…”. Similar razonamiento se aplicó en los Autos Nacionales Agroambientales S1 88/2016 de 1 de diciembre, S1 23/2017 de 13 de abril y S1 25/2017 de 25 de abril, entre otros.