Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1096/2017-S1
Fecha: 03-Oct-2017
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 202.6 de la Constitución Política del Estado, art. 64 de la Ley 027; y el art. 44.1 del Código Procesal Constitucional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR en todo la Resolución 12/2017 de 1 de septiembre, cursante de fs. 67 vta. a 72, dictada por la Jueza de Sentencia Tercero en lo Penal, de la ciudad de Cochabamba; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada en los términos establecidos por el Tribunal de garantías.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Tutela al principio de celeridad en remisión de apelación incidental
- 1)
- no puede, la autoridad jurisdiccional, a título de la falta de provisión de recaudos, paralizar la tramitación de una causa o de un recurso dentro de la misma, toda vez que dicha actuación incidiría directamente en su tramitación, ocasionando una dilación indebida
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto
- una vez interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante la entonces Corte Superior de Justicia, en el término de veinticuatro horas.
- CONFIRMAR