SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1097/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1097/2017-S3

Fecha: 18-Oct-2017

III.3.2.

III.3.2.   Asimismo, cuando el hoy accionante señaló que el último acto administrativo fue la RM 092/17, indicando que fue despedido sin causa legal ni mucho menos justificada, no solo estableció una actuación procesal de referencia para el cómputo del plazo de inmediatez, sino implícitamente vinculó la misma con la vulneración de sus derechos; empero, no estableció el nexo de causalidad que es exigible para que la justicia constitucional pueda revisar dicha resolución, ya sea: i) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente el derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; ii) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, iii) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo, lesiona derechos y garantías constitucionales (SCP 1631/2013 de 4 de octubre).

De acuerdo a la uniforme jurisprudencia, la justicia constitucional no es una instancia casacional ni supletoria de otras previstas normativamente, razón por la que no es posible revisar la supuesta vulneración de derechos y garantías constitucionales denunciados, sino aquellas que emergen de la última actuación o decisión emitida por otro tribunal. En la presente causa, la parte accionante señaló expresamente como última decisión o acto administrativo, la RM 092/17, sin precisar de qué manera el contenido de la misma determinó su despido injustificado y sin causa legal o cuáles fueron los argumentos que contravienen los derechos cuya tutela solicita; en suma, omitió establecer las condiciones mínimas para que la justicia constitucional pueda ingresar a la revisión de tal decisión, y a través de dicha actividad hermenéutica considerar las vulneraciones denunciadas.