SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1100/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1100/2017-S1

Fecha: 03-Oct-2017

1)

Ahora bien, con relación a la incorrecta aplicación del art. 109 de la Ley 603, debido a que el Juez demandado extendió el beneficio de la asistencia familiar más allá de la mayoría de edad, sin que el beneficiario haya cumplido con los requisitos y exigencias para su prolongación, cabe manifestar que conforme se desarrolló en el Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo a través de la acción de libertad no se puede tutelar todas las formas que lesionan al debido proceso, sino que su protección únicamente abarca aquellos casos en que la lesión a dicho derecho se encuentre directamente vinculado al derecho a la libertad física o de locomoción; en ese sentido, la jurisprudencia constitucional estableció dos presupuestos para su activación que son: 1) Que el acto lesivo, entendido como los actos u omisiones ilegales, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; y, 2) Que exista absoluto estado de indefensión, excepto en los casos en los que el peticionante de tutela se encuentre sometido a una medida cautelar de carácter personal.