Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1113/2017-S2
Fecha: 23-Oct-2017
II.5.
II.5. La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, mediante Auto Nacional Agroambiental S2 03/2017 de 6 de febrero, anuló obrados hasta “fs. 67 inclusive” ordenando al Juez Agroambiental de San Ignacio de Moxos, rechazar la demanda por ser manifiestamente improponible (fs. 44 a 46 vta.).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- i)
- denegó
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.
- III.2.
- se halla interrelacionado con el principio de congruencia
- De manera excepcional y como facultad potestativa del Tribunal Constitucional Plurinacional en grado de revisión de oficio, si la violación a los derechos fundamentales es grave y evidente según los datos del expediente; ante esta certeza, es posible ingresar al análisis de la legalidad ordinaria y de la valoración de la prueba como también de la fundamentación, sin necesidad de las exigencias desarrolladas por la jurisprudencia
- III.4.
- En la forma
- CONFIRMAR en todo