SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1114/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1114/2017-S1

Fecha: 12-Oct-2017

denegó

El Juez Público Segundo en Materia Civil y Comercial del departamento de Pando, constituido en Juez de garantías, mediante la Resolución 11/17 de 17 julio de 2017, cursante de fs. 96 a 97 vta., denegó la tutela, con los siguientes fundamentos: 1) Conforme determina el art. 53.1 del Código Procesal Constitucional (CPCo) la acción de amparo constitucional no procede contra resoluciones cuya ejecución estuviere pendiente de ejecución por efecto de algún medio de defensa o recurso ordinario o extraordinario, interpuesto con anterioridad por el accionante y en cuya razón pudieran ser revisadas, modificadas, revocadas o anuladas; y, 2) El peticionante, no hace mención a que formuló otra acción de defensa contra el Auto de Vista de 7 de junio de 2017, que se impugna a través de ésta acción de defensa; empero, del informe presentado por la Vocal codemandada, el suscrito Juez de garantías asumió conocimiento de que se encuentra en revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, una acción de libertad interpuesta por el accionante contra los Vocales ahora demandados, refutando el Auto de Vista de 7 de junio de 2017, por lo que al encontrarse dentro de la causal de improcedencia previsto en el art. 53.1 del CPCo, corresponde denegar la tutela.