Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1114/2017-S1
Fecha: 12-Oct-2017
II.3.
II.3. De la revisión del Sistema de Gestión Procesal de éste, se evidencia que Gustavo Ricardo Crespo Cabrera interpuso acción de libertad contra Ximena Katty Joaniquina Bustillos, Germán Apolinar Miranda Guerrero y Juan Urbano Pereira Olmos Vocales de la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, signada con el número 19956-2017-40-AL, que en el resumen del memorial de acción de libertad claramente se señala que el accionante solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista de 2017, emitido por los Vocales demandados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la jurisdicción constitucional no puede ser usada indiscriminadamente, peor aún cuando ya se ha presentado una acción tutelar y ésta no ha concluido con una resolución firme que se convierta en cosa juzgada constitucional, por lo que si una vez presentada una acción tutelar, y los accionantes presentan otra acción sobre un mismo objeto, entonces tal acción resulta ser temeraria,
- cuando este Tribunal conoce en revisión una acción tutelar y evidencia que el recurrente acudió en una segunda oportunidad a la jurisdicción constitucional, a través del recurso de hábeas corpus, estableciéndose con tal actuación la existencia de identidad absoluta de sujetos (partes: recurrente y recurrido), objeto (pretensiones del actor) y causa (hechos o supuestos fácticos en que se fundó la demanda), o que el actor hubiese incoado antes la misma acción, con idéntico propósito y por iguales motivos, aunque contra distintas autoridades, -en este último supuesto constatándose sólo la identidad parcial de los sujetos procesales-, este Tribunal, en ambos supuestos, está impedido de ingresar al fondo de uno de los recursos
- III.2. Análisis del caso concreto
- 26 de junio de 2017
- 3 de julio del año en curso
- 19956-2017-40-AL