SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1126/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1126/2017-S2

Fecha: 23-Oct-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro de los VIII Juegos Deportivos Estudiantiles Plurinacionales ”PRESIDENTE EVO“ Nivel Secundario, en su fase de circunscripción, la delegación de fútbol de la Unidad Educativa ”Nacional Junín“ de Incahuasi, el 29 de junio de 2017, disputó la etapa semifinal con el municipio de Las Carreras, provincia Sur Cinti del departamento de Chuquisaca, partido en el que se llevaron la victoria por dos tantos contra cero, lo que significaba su pase a la final y directa clasificación a la fase departamental del campeonato; empero, la misma fecha a horas 12:55, la delegación del municipio de Las Carreras impugnó el partido observando la actuación de uno de sus jugadores, argumentando que tenía dos tarjetas amarillas acumuladas; por lo que, no podía participar en el mismo, lo que llamó su atención; puesto que, de las planillas de registro de actuación que observaron en la reunión de delegados el día previo al partido -28 de similar mes y año- el jugador observado estaba plenamente habilitado y tampoco les notificaron que habían jugadores suspendidos; sin embargo, inmediatamente buscaron la planilla observada que extrañamente se encontraba en poder de un miembro de la Comisión Disciplinaria Deportiva y Técnica, y verificaron que estaba con una tarjeta amarilla que nunca existió, que se había escrito de manera remarcada ”TA“ (sic), cuando usualmente se consigna sólo con la letra ”A“ (sic); por lo que, se dieron cuenta que la intención era perjudicar a la selección de Incahuasi.