SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1126/2017-S2
Fecha: 23-Oct-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro de los VIII Juegos Deportivos Estudiantiles Plurinacionales ”PRESIDENTE EVO“ Nivel Secundario, en su fase de circunscripción, la delegación de fútbol de la Unidad Educativa ”Nacional Junín“ de Incahuasi, el 29 de junio de 2017, disputó la etapa semifinal con el municipio de Las Carreras, provincia Sur Cinti del departamento de Chuquisaca, partido en el que se llevaron la victoria por dos tantos contra cero, lo que significaba su pase a la final y directa clasificación a la fase departamental del campeonato; empero, la misma fecha a horas 12:55, la delegación del municipio de Las Carreras impugnó el partido observando la actuación de uno de sus jugadores, argumentando que tenía dos tarjetas amarillas acumuladas; por lo que, no podía participar en el mismo, lo que llamó su atención; puesto que, de las planillas de registro de actuación que observaron en la reunión de delegados el día previo al partido -28 de similar mes y año- el jugador observado estaba plenamente habilitado y tampoco les notificaron que habían jugadores suspendidos; sin embargo, inmediatamente buscaron la planilla observada que extrañamente se encontraba en poder de un miembro de la Comisión Disciplinaria Deportiva y Técnica, y verificaron que estaba con una tarjeta amarilla que nunca existió, que se había escrito de manera remarcada ”TA“ (sic), cuando usualmente se consigna sólo con la letra ”A“ (sic); por lo que, se dieron cuenta que la intención era perjudicar a la selección de Incahuasi.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- y la observancia del conjunto de requisitos de cada instancia procesal, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- y iv) el derecho a la observancia de los requisitos de cada instancia procesal
- III.3. Sobre las funciones disciplinaria y técnica de las comisiones respectivas en los Juegos Deportivos Estudiantiles Plurinacionales ”PRESIDENTE EVO“
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo