SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2017-S3

Fecha: 31-Oct-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante Memorando Sec. I Pers. 89/16 de 11 de noviembre de 2016, sin previo debido proceso, fue sancionado con el despido arbitrario, ilegal e injustificado, prescindiendo de sus funciones por la presunta comisión de delitos de falsedad material e ideológica, previstos en los arts. 198 y 199 del Código Penal (CP); por una falta grave establecido en el Reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio Nacional -Resolución Suprema 21244-; y, por infringir el art. 16 inc. e) de la Ley General del Trabajo (LGT), lesionando sus derechos al trabajo, a la dignidad, al debido proceso, a la defensa, a la presunción de inocencia y a la prohibición de despido injustificado.

Ante esa situación, acudió ante la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba, denunciando el despido intempestivo e injustificado, solicitando su reincorporación, cuyo titular de dicha Jefatura laboral emitió la Conminatoria MTEPS/JDTCBBA 27/2017 de 20 de febrero, ordenando a la Unidad Educativa del Ejército “Cochabamba”, a través de su representante legal lo reincorpore en el último cargo que ocupaba a momento del despido, más el pago de salarios devengados, prohibiendo toda clase de acoso laboral y discriminación.

El Comandante de la Unidad Educativa del Ejercito “Cochabamba, -ahora demandado-, “hasta la fecha” de interposición de esta acción tutelar, no dio cumplimiento a la mencionada Conminatoria JDTCBBA 27/2017, en franca desobediencia a las disposiciones constitucionales, a la jurisprudencia constitucional y al Decreto Supremo 0495 de 1 de mayo de 2010, que son de cumplimiento obligatorio, pese a que la parte empleadora tiene la posibilidad de impugnar en la fase administrativa o judicial, afectando de tal manera a toda su familia, impidiendo llevar el sustento económico que garantice una existencia digna a su familia.