SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1176/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1176/2017-S1

Fecha: 24-Oct-2017

I.2.1. Ratificación de la acción

La parte accionante, se ratificó en el tenor íntegro de la acción de amparo constitucional, ampliando manifestó que según la notificación de la clausura definitiva de su actividad económica, que no lleva fecha ni nombre del supuesto infractor, fue por el motivo de “…atender después del plazo establecido y desobediencia a la autoridad” (sic), cuya supuesta firma en el acta de acuerdo para el traslado del local no le corresponde, por padecer de impedimento visual del 100%, acreditado con el carnet del Instituto Nacional de la Ceguera.