SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1177/2017-S1
Fecha: 24-Oct-2017
III.3. Análisis del caso concreto
Del cotejo de los antecedentes, documentales y las Conclusiones que cursan en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; se infiere que, la accionante prestó servicios profesionales en la entidad demandada como Asistente Comercial, para posteriormente, el 21 de enero de 2017 ser notificada con Memorando RE-RH-19 (Conclusión II.1), en el que se le señalo que trabajaría hasta el 24 de abril de la citada gestión, actuado que según refirió la parte demandada se debió a un proceso de reestructuración administrativa, que devino en la supresión del puesto que ostentaba la solicitante de tutela, efecto del proceso de fusión empresarial que sufrió la empresa en la cual prestaba sus servicios, extremo que fue puesto a conocimiento de la Jefatura Regional del Trabajo de Riberalta del departamento del Beni a través de documentales (Conclusión II.3) que acreditaron que el señalado pre aviso y ulterior desvinculación de la citada peticionante de tutela se enmarcó en la normativa laboral vigente al momento de emitirse dicho actuado, no pudiendo alegar que esta fue arbitraria o injustificada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 12
- amparo constitucional es un mecanismo instrumental para la protección del goce efectivo de los derechos fundamentales por parte de las personas, por tanto protege dichos derechos cuando se encuentran consolidados a favor del actor del amparo, no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o que no se encuentren consolidados
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- derechos controvertidos
- Fragmento 17