Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1204/2017- S1
Fecha: 24-Oct-2017
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante, a través su abogado, ratificó en su integridad la acción de libertad y ampliándola refirió que: Tenía un arraigo natural; y, únicamente concurría el riesgo de ser un peligro para la víctima; y, los “jueces” (sic) (lo correcto es los Vocales), actuaron de forma ultra petita lesionando su derecho a la presunción de inocencia.
- Royer Quispe Ticona
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- no tienen conocimiento efectivo
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. Sobre la citación con la demanda de acción de libertad a la autoridad demandada. Jurisprudencia reiterada
- La comunicación con esta acción de defensa tiene vital importancia, por cuanto su finalidad es poner en conocimiento del demandado
- previeron el mecanismo para garantizar el ejercicio pleno del derecho a la defensa
- cuya inobservancia da lugar a la nulidad de obrados hasta el estado de cumplirse de forma efectiva esa formalidad
- 1)
- ANULAR