SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2017

Fecha: 27-Nov-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Eloy Quispe Carrizo Tata Awatiri (Opoqueri) del Ayllu Kala, de la parcialidad Samancha de Corque Marka de la Nación Suyu Jach´a Karangas, considera que la Jueza Pública Mixta e Instrucción Penal Primera de Corque del departamento de Oruro, no tiene competencia para conocer y resolver el proceso penal seguido a querella de Jorge Vargas Alba y Jacqueline Marlene Choque Ala Vargas contra Norah y Ángel, ambos Huarachi Mamani; y, Tiburcio Flores; por su parte la mencionada autoridad judicial no se pronunció sobre el fondo del pedido de inhibitoria; consiguientemente, a través del presente mecanismo constitucional, corresponde dilucidar el conflicto de competencias suscitado entre la jurisdicción ordinaria y la indígena originario campesina, a fin de establecer cuál de ellas es la competente para conocer y resolver los hechos denunciados -en principio- ante la jurisdicción ordinaria.