SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2017

Fecha: 27-Nov-2017

III.3   Análisis del caso concreto.

En el caso en examen, Eloy Quispe Carrizo Tata Awatiri (Opoqueri) del Ayllu Kala, de la parcialidad Samancha de Corque Marka de la Nación Suyu Jach´a Karangas, considera que la Jueza Pública Mixta e Instrucción Penal Primera, de Corque del departamento de Oruro, no tiene competencia para conocer y resolver el proceso penal seguido a querella de Jorge Vargas Alba y Jacqueline Marlene Choque Ala Vargas contra Norah y Ángel, ambos Huarachi Mamani y Tiburcio Flores Ortiz; por su parte la mencionada autoridad judicial no se pronunció sobre el fondo del pedido de inhibitoria.

De acuerdo con el objeto precisado en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, corresponde analizar la problemática planteada desde la óptica de los ámbitos personal, territorial y material, para determinar quién es la autoridad competente para conocer y resolver el caso; es decir para dilucidar si el asunto penal de referencia corresponde conocer a la jurisdicción ordinaria o a la jurisdicción indígena originaria campesina.