SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2017

Fecha: 29-Nov-2017

I.2.  Resolución del Juez Público Civil Comercial Segundo.

Félix Chalar Miranda, Juez Público Civil Comercial Segundo de Tupiza, mediante Auto de 29 de septiembre de 2016, cursante a fs. 294 dispuso lo siguiente: “La demanda de conflictos de competencias  de la Justicia Originaria Campesina con la Justicia Ordinaria, presentada por los Srs. ELIAS BOLIVAR FLORES Y ELEUTERIO MAMANI SANTOS, Corregidor y Sindicato Agrario de la Comunidad Campesina de Yurcuma de fecha 26 de agosto de 2016 (fs. 268-273) y corrido Traslado a la parte querellante, y con el responde que la demanda está dirigida en contra de ELIAS BOLIVAR FLORES como persona o sujeto de la comisión de supuestos delitos y no a la Comunidad Yurcuma.- Que, mediante decreto de 5 de Septiembre de 2016 (fs. 290 vta.) se dispuso para el trámite del incidente de conflicto de competencias las partes deben presentar los documentos para fundamentar la resolución, situación que hasta la fecho no cumplieron con las presentación de dichos documentos.-