SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1164/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1164/2017-S2

Fecha: 15-Nov-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso promovido por el Ministerio Público a instancias de Paulowa Estrada Iturri contra Mariaca y otros, por la comisión del delito de lesión seguida de muerte, se encuentra con detención preventiva en el penal de “San Pedro” dispuesta por Resolución 184/2015 de 26 de abril, razón por la cual, el 21 de junio de 2017, solicitó la cesación de dicha medida, emitiéndose el decreto de 24 de julio del mismo año, por el cual se señaló audiencia para el 31 de julio de 2017, por lo que interpuso el recurso de reposición que mereció el Auto de 26 julio del mismo año, disponiendo el traslado con la solicitud de cesación a la detención preventiva, presentando respuesta la víctima, el 18 de agosto que dio lugar al decreto de 21 de agosto de ese año, señalando que el proceso se encontraba en juicio oral. Extrañamente el 22 de agosto emanó un decreto por el que señaló audiencia, para considerar su solicitud de cesación de detención preventiva que mereció un recurso de reposición por parte de la querellante, en cuya respuesta se dictó el decreto de 24 del referido mes y año, con el que fue notificada su abogada, quien mediante memorial solicitó corrección de procedimiento; sin embargo por el decreto de 29 de agosto de 2017 dispuso se sujete a lo dispuesto.

Instalada la audiencia de 28 de agosto de 2017 a horas 18:15, su abogada hizo notar los errores en los que se estaba incurriendo y de manera arbitraria se dejó sin efecto el decreto emitido por Gladys Guerrero, sin precisar de qué fecha, suspendiendo la audiencia y señalando una nueva para el 4 de septiembre de 2017, oportunidad en la cual luego de considerar el memorial que presentó haciendo notar los errores procedimentales, se suspendió la audiencia sin señalar una nueva con el argumento de no haberse solicitado su señalamiento.