SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1225/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1225/2017-S1

Fecha: 17-Nov-2017

Fragmento 28

El accionante estima que la autoridad demandada vulneró su derecho a percibir el bono de antigüedad señalando que, el ex Alcalde Genaro Tambo Huayta, autorizó el pago de dicho bono de junio 2013, habiéndose hecho efectivo hasta julio del mismo año, toda vez que presentó ante dicha autoridad la calificación de sus años de servicios otorgado por COMIBOL por trabajos prestados en la empresa minera Colquiri, así también certificación emitida por la Dirección de Registro y Calificación de años de Servicio del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas; posteriormente, por problemas de gobernabilidad dejó de trabajar por un tiempo en la Alcaldía de Corocoro, una vez que retomó sus labores, cuando fue a recoger su boleta de pago se dio cuenta que le habían descontado el referido bono, posteriormente efectuó sus reclamos de forma verbal y escrita a Agustín Pio Quispe Mamani, actual Alcalde del citado municipio, pero su solicitud fue rechazada por falta de documentación -que con anterioridad fue presentada-, por lo que no le cancelaron el bono de antigüedad desde agosto de 2013 al 31 de mayo de 2016 -día de su retiro voluntario de la institución- y no consideraron que es una persona de la tercera edad, con discapacidad física grave y que goza de protección especial, conforme señaló el Tribunal Constitucional Plurinacional sobre la no incidencia de la subsidiariedad respecto a derechos fundamentales de las personas con discapacidad.