SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1225/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1225/2017-S1

Fecha: 17-Nov-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 23 de julio de 2012, solicitó el pago de su bono de antigüedad, para tal efecto presentó la calificación de sus años de servicios otorgado por la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) por trabajos prestados en la empresa minera Colquiri, así también certificación emitida por la Dirección de Registro y Calificación de años de Servicio (CAS) del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, y fue sobre la base de esos antecedentes que el ex Alcalde Genaro Tambo Huayta, autorizó el pago de su bono de antigüedad de junio 2013, habiéndose hecho efectivo hasta julio del mismo año, empero por problemas de gobernabilidad el Alcalde fue sustituido por Emilio Maldonado Flores como Alcalde interino.

Solucionados los problemas de “ingobernabilidad” todos los funcionarios del Municipio retomaron sus labores y posteriormente a tiempo de recibir su boleta de pago fue sorprendido con la disminución del líquido pagable, es decir se le había suprimido el bono de antigüedad, conculcando de esta manera sus derechos.

Posteriormente, presentó sus reclamos al actual Alcalde Agustín Pio Quispe Mamani, de forma verbal y escrita, solicitando se le restituya su bono de antigüedad, pero vanos fueron sus intentos, ya que su solicitud fue rechazada por falta de documentación, que con anterioridad ya había presentado. Vulnerando de esta manera sus derechos, toda vez que no le cancelaron su bono de antigüedad de agosto de 2013 al 31 de mayo de 2016 -día de su retiro voluntario de la institución- sin considerar además la protección que tiene al ser una persona de la tercera edad y con discapacidad física grave, conforme señaló el Tribunal Constitucional Plurinacional sobre la no incidencia de la subsidiariedad  respecto a derechos fundamentales de las personas con discapacidad.