SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2017-S2

Fecha: 06-Feb-2017

Fragmento 19

Consecuentemente, del análisis de la presente normativa procesal se extrae que dentro de un proceso penal, en el que se advierta que un imputado padece de una enfermedad mental, previa valoración psiquiátrica, la autoridad jurisdiccional podrá disponer la suspensión del proceso, cuando en el informe psiquiátrico practicado al imputado determine y por ende compruebe que la enfermedad mencionada que padece, le impide comprender los actos del proceso”.