SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2017-S1

Fecha: 15-Feb-2017

II.3.

II.3.  Por Auto de 12 de mayo de 2016, Rubén Maldonado Rojas, Juez Público Civil y Comercial Tercero de Quillacollo del departamento de Cochabamba, ahora accionante, se excusó del conocimiento de la demanda ordinaria de nulidad interpuesta por Yara Arminda y Ronald, ambos, Luizaga Avendaño, contra Betty Montaño Peredo, Genoveva Miriam, Gustavo y Maria Luz, estos últimos Luizaga Peredo, y la consiguiente demanda reconvencional de validez de documento, alegando la causal contenida en el art. 347.4 del CPC, afirmando que la abogada Nelly Panozo Aguilar, siente odio y resentimiento contra su persona y adjuntando como prueba el Auto de 4 de julio de 2005; y, remitiendo por Nota de 24 de mayo del señalado año, a la Jueza siguiente en número, Angélica Scarlett Gallegos Arteaga, quien mediante Auto de 25 de mayo del señalado año, en aplicación del art. 349.I del CPC, elevó en consulta ante la Sala Civil de turno del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, el allanamiento a la recusación y la excusa de los Jueces Segundo y Tercero de Partido en lo Civil y Comercial de Quillacollo del departamento de Cochabamba (fs. 440 y vta.; 442 a 443 vta. y 444 y vta.).