Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2017-S3
Fecha: 17-Feb-2017
II.5.
II.5. A través de la Resolución 4/2016 de 15 de septiembre -de recurso de revocatoria-, el ahora tercero interesado resolvió confirmar en parte la Conminatoria 09/2016 y rechazó en parte el recurso de revocatoria interpuesto por el hoy demandado, debiendo el mismo cumplir con el pago de salarios devengados y demás derechos que correspondan a favor del hoy accionante desde su despido o desde que dejó de percibirlos hasta su reincorporación (fs. 198 a 203 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en los casos vinculados a los despidos injustificados e intempestivos, cuando el trabajador cesado, solicita su reincorporación habiendo optado previamente por el cobro de sus beneficios sociales, incurre en una pretensión que no puede ser amparada por la justicia constitucional
- si la trabajadora o el trabajador opta por el pago de sus beneficios sociales, se entiende que está de acuerdo con su desvinculación laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- CONFIRMAR