SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2017-S1

Fecha: 15-Feb-2017

a)

El accionante, a través de su abogado ratificó el tenor de la acción de amparo constitucional, ampliándola manifestó que: a) Proveyó los recaudos de ley, no sólo de este proceso, sino también de otros tres procesos que el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija tiene en la misma la Sala Civil, Social, Familiar, de la Niñez y Adolescencia, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando; b) El Auto interlocutorio de 3 de octubre de 2016, estableció que se venció el plazo para dejar los recaudos de ley, declarando ejecutoriado el Auto de Vista de 16 de septiembre de similar año, remitiendo el expediente al juzgado de origen donde el Juez de Trabajo, conminó que se haga efectivo el pago; y, c) Se emitieron sentencias constitucionales que modularon la previsión de recaudos para remitir el recurso de casación, así la SCP 1451/2015-S2 de 23 de diciembre, estableció que el acceso a la justicia es gratuita, no puede ser óbice la no provisión de recaudos, para no remitir el recurso de casación y coartar el derecho a la doble instancia.