SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017-S3
Fecha: 17-Feb-2017
III.2. Análisis del caso concreto
La problemática central de la presente acción tutelar es la denuncia efectuada por el accionante respecto a que las autoridades demandadas a su turno hubiesen vulnerado sus derechos que hoy pide se tutelen, por cuanto emitieron el fallo de 3 de febrero y la Resolución Jerárquica de 2 de marzo de 2016, carentes de fundamentación y motivación.
Antes de ingresar al fondo de la problemática, cabe establecer que el análisis se realizara a partir de la Resolución Jerárquica, ello debido a que el Fiscal Departamental es el llamado a revisar de acuerdo a los principios de pertinencia y congruencia las resoluciones emitidas por los Fiscales de Materia, marco dentro del cual corresponde pronunciarse desde la Resolución de segunda instancia pues es a través de ésta que se deben analizar los supuestos de vulneración de derechos fundamentales en que pudieran haber incurrido los fiscales cuya resolución se conoce en impugnación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 6
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Los arts. 73 del CPP y 61 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), establecen la obligatoriedad de fundamentación de las resoluciones por parte de los fiscales,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- Resolución Jerárquica de 2 de marzo de 2016,
- CONFIRMAR