SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0069/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0069/2017-S2

Fecha: 13-Feb-2017

Fragmento 3

Resolución Administrativa Municipal, que fue impugnada mediante recurso de alzada por memorial de 9 de septiembre del 2015, que fue resuelto mediante Resolución del Recurso de Alzada ARIT-CBA/RA 0926/2015 de 9 de diciembre, confirmando la Resolución Administrativa Municipal 371/2015; Resolución que también fue impugnada a través del recurso jerárquico, por memorial de 5 de enero del 2015, que fue resuelto determinando el rechazo de la prescripción del IPBI de las gestiones 2007, 2008 y 2009 situación que definitivamente vulneró sus derechos y garantías constitucionales, pues el término de la prescripción del IPBI por las gestiones 2007, 2008 y 2009, corrió interrumpidamente y que el planteamiento de la prescripción por sí solo no constituyó un reconocimiento expreso o tácito de la obligación tributaria, que conforma el art. 5 del DS 27310 de 9 de enero de 2004, la prescripción puede ser invocada en cualquier estado del proceso, sin que ello constituya causal de reconocimiento de la deuda tributaria, por lo que debieron aplicar arts. 59 y 60 del CTB, y que de manera equivocada aplicaron las disposiciones adicionales Quinta y Sexta de la Ley 291 de 22 de septiembre del 2012, que modificaron los arts. 59 y 60 del CTB, que establecen las prescripciones diferenciadas para las agestiones 2010, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018; asimismo, la Disposición derogatoria primera y la disposición adicional décimo segunda de la Ley 317 de 11 de diciembre de 2012, que derogó el último párrafo del parágrafo I del art. 59 del CTB, y modificó el art. 60 ese Código, por lo que las autoridades de la AGIT, aplicaron de manera incorrecta las normas.