SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2017-S1

Fecha: 23-Feb-2017

II.5.

II.5. Por memorial de 5 de diciembre de 2016, Jorge Encinas Calle, devolvió cédula judicial practicada en un domicilio distinto. Por providencia de igual fecha, la autoridad demandada puso a conocimiento de la parte denunciante el referido informe y solicitó que Alejandra Condarco Vila, Oficial de diligencias del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Segundo de El Alto del departamento de La Paz, presente informe en el día sobre los extremos señalados en el citado memorial; y mediante informe de la citada fecha, la aludida Oficial de Diligencias refiere que consta en el cuaderno procesal varios memoriales en los cuales firma Marcos Augusto Calliconde Guamán en calidad de abogado de las imputadas, y que en la audiencia llevada a cabo el 8 de noviembre de similar año, se apersonaron tres abogados distintos representando a las aludidas, los cuales no presentaron escrito alguno ni señalaron domicilio procesal (fs. 41 vta.; 42; y, 43 a 44).