Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2017-S2
Fecha: 20-Feb-2017
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, “…disponiendo se deje sin efecto los Proveídos de Inicio de Ejecución Tributaria PIET 00419/2006, 00420/2016 y 00421/2016, la medida coactiva de retención y remisión de fondos enviada a la empresa YPFB PETROANDINA SAM y toda otra medida coactiva que se hubiere adoptado en contra de mi empresa representada, hasta la instancia en que se resuelva y concluya la demanda contenciosa tributaria interpuesta…”(sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. El Tribunal Constitucional Plurinacional, no tiene atribuciones para hacer cumplir las resoluciones pronunciadas en la jurisdicción ordinaria o en la vía administrativa
- Fragmento 13
- la presente acción de defensa no puede ser utilizada como una instancia supletoria para pedir el cumplimiento de resoluciones,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo