SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2017-S2

Fecha: 20-Feb-2017

“improcedente”

La Jueza Público de Familia Octava del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 04 de 28 de noviembre de 2016, cursante de fs. 101 a 104, declaró “improcedente” la acción de amparo constitucional; con el argumento que la revisión del cuaderno procesal relativo al proceso contencioso tributario no se advirtió, existe en ninguna parte del mismo, que la empresa accionante hayan agotado los medios necesarios con anterioridad a la interposición de la acción de amparo constitucional, ante el incumplimiento del Auto de Admisión de 6 de octubre de 2016, más aún no se hizo conocer al juez de control jurisdiccional del proceso contencioso tributario, y dependiendo de la respuesta solicitar su reposición o apelar; por lo que no corresponde ingresar a analizar el fondo de la presente acción.