SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2017-S3
Fecha: 24-Feb-2017
Fragmento 15
…no se puede soslayar el derecho de la víctima o querellante que le asiste por mandato del art. 403 inc. 9) del CPP, además, de manera expresa el art. 396 inc. 1) del cuerpo normativo precedentemente citado, manda como regla general que los recursos tendrán efecto suspensivo; en ese sentido y conforme a los fundamentos desarrollados supra, corresponde señalar que la decisión judicial que beneficia a la ahora accionante con la suspensión condicional de la pena, para su plena eficacia y la correspondiente emisión del mandamiento de libertad, debe encontrarse ejecutoriada, de lo contrario se estaría suprimiendo el derecho a la tutela judicial efectiva que le asiste a la víctima o querellante, en su elemento de la efectividad de las decisiones judiciales ante una eventualidad de obtener en apelación el cumplimiento efectivo de la sentencia" (las negrillas nos pertenecen).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.2.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. El beneficio de la suspensión condicional de la pena
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- igualdad de las partes
- Fragmento 15
- REVOCAR