Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2017-S1
Fecha: 23-Feb-2017
II.2.
II.2. Cursa comunicación interna AN-UADOR 1056/2014 de 29 de diciembre, emitida por la señalada Jefa de la Unidad Administrativa a.i. de la Gerencia Regional Oruro de la ANB, dirigida al Gerente Regional de Oruro de la ANB, informando que el desempeño de la impetrante de tutela es deficiente y que recibió quejas de parte de las Unidades de la Gerencia, en razón a que no tiene actitud ni compromiso institucional, aspecto que afecta negativamente a esa Gerencia (fs. 11).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Contra actos consentidos libre y expresamente, o cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR