SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2017-S2

Fecha: 20-Feb-2017

II.1.

II.1. Cursa memoriales de 4 de agosto, 30 de septiembre, 7 y 17 de octubre, todos de 2016, mediante el cual Erwin Vaca Pacheco, solicitó fecha y hora de audiencia de cesación a la detención preventiva; siendo que el Juez de Instrucción Penal Décimo del departamento de Santa Cruz, instaló la audiencia de medidas cautelares en el cual la autoridad jurisdiccional determinó la detención preventiva mediante Auto 38/2016 de 6 de julio, que el anterior abogado por la premura del tiempo no pudo presentar documentación para desvirtuar los riesgos procesales, y que pidió en conformidad a los art. 239.I del CPP, audiencia de cesación a la detención preventiva, adjuntó prueba documental para enervar el riesgo procesal establecido en el art. 234.1 del CPP, en relación a la familia domicilio y trabajo, pidió que se fije fecha y hora de audiencia de cesación a la detención preventiva para el 11 de julio de 2016, audiencia que fue suspendida por falta de notificación, a raíz de la suspensión de audiencia por falta de notificación de 11 de ese mes y el 4 de agosto, ambos del mismo año, nuevamente pidió fecha y hora de audiencia de cesación a la detención preventiva, la misma que fue fijada para el 12 de agosto del indicado año, y que no se llevó a cabo por alta de notificación (fs. 4 a 12 vta.).