SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2017-S3

Fecha: 24-Feb-2017

i)

Daysi Marlen Rocabado Espinoza, Directora del Hospital Clínico Viedma de Cochabamba, mediante informe presentado el 2 de diciembre de 2016              -posterior a la audiencia tutelar-, cursante a fs. 28 y vta., manifestó que: i) La accionante ya fue dada de alta, por lo que ya puede salir del Hospital; sin embargo, al ser menor de edad y huérfana, es necesario que tenga un tutor o responsable por lo que el Servicio Departamental de Gestión Social (SEDEGES) o la Defensoría de la Niñez y Adolescencia serían los encargados de hacer efectivo lo mencionado; ii) No se agotó la vía administrativa; asimismo, la suscrita y los funcionarios del mencionado nosocomio en ningún momento se apartaron de las normas y leyes ni vulneraron derechos y garantías de la accionante; y, iii) La misma no se encuentra perseguida ni retenida de manera ilegal, por lo que no se está poniendo en riesgo su vida o integridad, solicitando se deniegue la tutela impetrada.