SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2017-S3

Fecha: 24-Feb-2017

II.3.

II.3. Cursa informe presentado el 2 de diciembre de 2016, suscrito por Daisy Marlen Rocabado Espinoza, Directora del Hospital Clínico Viedma -ahora demandada- y Julio Stephan Torrico Alcázar, Asesor Legal del Hospital Clínico Viedma; mediante el cual se menciona que la menor AA -ahora accionante- fue atendida “…las trabajadoras sociales colaboraron en toda forma (…) consiguieron medicamentos de solidaridad…” (sic); asimismo, refiere que “El Hospital Clínico Viedma, es una entidad descentralizada del Gobierno Autónomo Departamental de auto Generación Propia vale decir genera sus propios recursos para subsistir estando en la obligación de generar los mecanismos para que las cuentas hospitalarias sean canceladas o pagadas mismas que generan una responsabilidad” (sic [fs. 28 y vta.]).