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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2017-S1

    Fecha: 23-Feb-2017

    II.5.

    II.5.  Mediante providencia de 27 de noviembre de 2015, el Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana, atendiendo la solicitud de complementación y enmienda, señaló que no existen palabras dudosas ni conceptos obscuros, y se debe tomar en cuenta que el art. 94 de la Ley 101, establece que este mecanismos no permite modificar el fondo de una decisión (fs. 1972 y vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 3
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • i)
    • I.2.3. Intervención del tercer interesado
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III.
    • se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
    • III.2.
    • Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
    • III.3.  El incidente de nulidad y la impugnación de los actuados administrativos
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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