SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2017-S3

Fecha: 24-Feb-2017

III.2.2.

Sobre el particular, tal extremo no puede ser considerado como un acto que lesione derechos o garantías fundamentales del accionante, pues dicha actuación constituye un efecto legal y previsible de la Resolución jerárquica que dispone la revocatoria del sobreseimiento, conforme lo estipulado en el segundo párrafo del art. 324 del CPP, que en lo pertinente señala: “Si el fiscal superior jerárquico revoca el sobreseimiento, intimará al fiscal inferior o a cualquier otro para que en el plazo máximo de diez días acuse ante el juez o tribunal de sentencia…”.