SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2017-S3
Fecha: 06-Mar-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega la vulneración de su derecho a la libertad, a la salud y a la vida, toda vez que el Juez demandado asumió competencia sin considerar su condición de mujer indígena campesina, cuando debió ser sometida a la jurisdicción que le corresponde, no obstante a ello, determinó la imposición de medidas sustitutivas a la detención preventiva omitiendo este impedimento competencial, disponiendo las mismas sin que exista fundamento jurídico alguno, constituyendo restricciones que le resultan gravosas porque le impiden continuar con terapias psicológicas y otras consultas médicas que debe realizar, a más de que su hijo menor de edad al tener problemas de salud requiere ser llevado por su persona a un centro de salud para su atención.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 9
- caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados;
- en los casos, que en materia penal se impugnen actuaciones no judiciales
- Segundo Supuesto:
- III.3.
- respecto a la primera reclamación
- CONFIRMAR