SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2017-S3
Fecha: 06-Mar-2017
II.1.
II.1. Consta demanda ordinaria de declaración y reconocimiento de derecho propietario sobre inmueble y nulidad de venta por causa y motivo ilícito presentada el 19 de mayo de 2011, por Aida Inés Claros Coca por sí y en representación legal de Elsa Esther, María Luz y Wilson Claros Coca -hoy accionantes-, respecto del bien inmueble ubicado en la intersección de la calle Ayacucho y la plaza Melgarejo de la localidad de Sacaba del departamento de Cochabamba, dirigida contra su madre Josefina Coca Villarroel y su hermana Gloria Amparo Claros Coca -ahora terceras interesadas- (fs. 12 a 14 vta.), misma que fue respondida por Josefina Coca Villarroel, oponiendo excepciones perentorias a través de memorial formulado el 10 de junio de 2013 (fs. 43 a 46). Por su parte la tercera interesada Gloria Amparo Claros Coca, por escrito presentado el 11 del mismo mes y año opuso excepciones perentorias y planteo demanda reconvencional de usucapión quinquenal u ordinaria (fs. 64 a 68).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- en compensación de la asistencia familiar, suministrado a sus hijos hasta el presente.
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- esta jurisdicción no se constituye en un mecanismo de
- III.2. Análisis del caso concreto
- este Tribunal a través de las
- CONFIRMAR