SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2017-S3

Fecha: 06-Mar-2017

procedente

La Jueza Pública de Familia Tercera de la Capital del departamento de Chuquisaca, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 11/2016 de 28 de noviembre, cursante de fs. 75 vta. a 80 vta., declaró “procedente” la acción de cumplimiento, bajo los siguientes fundamentos: i) Es el Viceministerio de Salud y Promoción quien debe reglar sus actuaciones creando y organizando direcciones de competencia administrativa a fin de no conculcar derechos de sus administrados al debido proceso, a la defensa, a la seguridad jurídica y evitar circunstancias similares a la presente, permitiendo que se tenga claridad en la tramitación de los procesos administrativos; ii) La autoridad ahora demandada resolvió el recurso de revocatoria, por lo que es viable dar curso al recurso jerárquico interpuesto por el hoy accionante en cumplimiento del art 66.III de la LPA; iii) Conforme el art. 134 de la CPE, la pretensión planteada se enmarca dentro la naturaleza jurídica de la presente acción tutelar.