SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2017-S2

Fecha: 06-Mar-2017

6. A acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva

Al respecto, el derecho a la información se halla previsto en el Capítulo Tercero de la Norma Suprema, referido a los derechos civiles y políticos, que en su art. 21 refiere que las bolivianas y los bolivianos tienen los siguientes derechos: “…6. A acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva” (las negrillas nos corresponden).