SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2017-S2

Fecha: 06-Mar-2017

III.4.  Análisis del caso concreto

En el caso en examen, la parte accionante denuncia la vulneración de sus derechos de acceso a la información y a la petición, debido a que el Presidente Ejecutivo a.i. de YPFB, pese a las reiteradas solicitudes que le hizo de manera escrita a fin de que se le otorgue fotocopias legalizadas de diferentes documentales generadas dentro del proceso de consultoría del estudio técnico de los campos Incahuasi - Aquio, para determinar la existencia o no de reservorios compartidos entre Chuquisaca y Santa Cruz; hasta la fecha, sin razón ni motivo legal alguno se niega a proporcionarle.

De la compulsa de los antecedentes remitidos a este Tribunal y efectuada la valoración de los mismos, se evidenció que, el Presidente Ejecutivo a.i. de YPFB -autoridad demandada-, mediante nota de 2 de agosto de 2016 dirigida al Gobernador del departamento de Chuquisaca -ahora accionante-, remitió el informe final de la antes mencionada consultoría ejecutada por la empresa “GLJ Petroleum Consultanst Ltd.”; a mérito de lo cual, la citada autoridad departamental, el 9 del mismo mes y año, envió las observaciones al citado informe, originando que YPFB en la persona de su Presidente Ejecutivo a.i., el 11 de igual mes y año, envíe las respuestas emitidas por la empresa consultora.