SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2017-S2

Fecha: 06-Mar-2017

II.6.

II.6.    En virtud al CITE: DESP. GOB. 673/2016 supra, la autoridad demandada mediante nota YPFB PRS/VPACF-0451 GNAC-954-DDP-436/2016 de 31 de agosto de similar año, hizo llegar la documentación requerida de acuerdo a su solicitud recibida por la Gobernación el 7 de septiembre de ese año: “1. Proceso de contratación del estudio para determinar la existencia o no de reservorio compartidos en los bloques Incahuasi – Aquio, se envía en el Anexo 1. 2. En cumplimiento a la Resolución Ministerial N°222-12 del artículo 9 (…) se brindó el acceso irrestricto a toda la información concerniente al ‘ESTUDIO TÉCNICO DE LOS CAMPOS INCAHUASI Y AQUIO PARA DETERMINAR LA EXISTENCIA O NO DE RESERVORIOS COMPARTIDOS ENTRE DEPARTAMENTOS’ a los técnicos de la Gobernación de Chuquisaca acreditados en fecha 27 de mayo de 2016, mediante notas DESPACHO GOB. N° 351/2016, DESPACHO GOB. N° 373/2016 y DESPACHO GOB. N° 374/2016 a fin de efectuar el control y monitoreo del estudio. Sin embargo (…) toda la información concerniente al ‘ESTUDIO DE LOS CAMPOS INCAHUASI Y AQUIO PARA DETERMINAR LA EXISTENCIA O NO DE RESERVORIOS COMPARTIDOS ENTRE DEPARTAMENTOS´, se encuentra disponible para su acceso en el CNIH (…) toda la información concerniente al estudio se encuentra expuesta en el informe final aprobado por YPFB” (las negrillas son añadidas) (fs. 65).