SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0163/2017-S3
Fecha: 10-Mar-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de sus derechos al debido proceso y a la presunción de inocencia, puesto que la autoridad demandada sin considerar su solicitud de modificación de fianza económica ni tampoco sopesar otra documentación que presentó, determinó indebidamente revocar las medidas sustitutivas impuestas disponiendo su detención preventiva, con el fundamento del incumplimiento de la fianza económica impuesta y el vencimiento del plazo de veinte días establecido por el Tribunal de alzada para el referido cumplimiento, cuando la medida fue efectuada dentro del mencionado plazo y puesta a conocimiento de la nombrada conjuntamente su solicitud de cesación de la detención preventiva, no mereciendo pronunciamiento alguno.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados;
- en los casos, que en materia penal se impugnen actuaciones no judiciales
- Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- modulación
- III.2. Análisis del caso concreto
- en el plazo de veinticuatro horas siguientes a la emisión de la resolución
- CONFIRMAR
- 2°