SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2017-S3
Fecha: 13-Mar-2017
Fragmento 16
De los datos del proceso, esta Sala evidencia que el Jefe Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz, emitió la Conminatoria de reincorporación JDTSC/CONM 122/2015 de 21 de noviembre, a través de la cual conminó a la UAGRM proceda a la reincorporación inmediata del hoy accionante, manteniendo su antigüedad y demás derechos que le corresponden por ley (Conclusión II.5.). Posteriormente, ante el recurso de revocatoria interpuesto por la referida casa superior de estudios (Conclusión II.6.) se emitió la RA JDTSC/R.R. 026/16 de 16 de junio de 2016, a través de la cual el Jefe Departamental de Trabajo citado supra, consideró que en el caso concreto se presentaron hechos controvertidos que deben ser absueltos en la jurisdicción laboral, por cuanto se revocó totalmente la mencionada Conminatoria de reincorporación, declinando competencia ante la instancia judicial (Conclusión II.7.), constando que al haberse dejado sin efecto dicha Conminatoria de reincorporación, cuyo cumplimiento es una de las pretensiones de esta acción tutelar, es evidente que esta petición perdió objeto al haberse dejado sin efecto la orden de reincorporación, motivo por el cual corresponde respecto a esta pretensión denegar la tutela pedida.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la garantía de estabilidad laboral de la mujer embarazada en contratos a plazo fijo extensible al padre progenitor
- II. La inamovilidad laboral no se aplicará en contratos de trabajo que por su naturaleza sean temporales, eventuales o en contratos de obra
- 1) Si la mujer fue contratada a plazo fijo, fenecido el término pactado entre partes, se extingue la relación laboral, con la obligación del empleador de cancelar, si corresponde, los beneficios que la ley acuerda para tales casos, sin que pueda exigirse al empleador mantener a la trabajadora en el cargo aunque haya resultado embarazada en el lapso de la prestación de servicios;
- 2)
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- III.2.2. Respecto a la inamovilidad laboral al ser progenitor
- 13 de julio de 2015