SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2017-S3
Fecha: 13-Mar-2017
III.1. Sobre la garantía de estabilidad laboral de la mujer embarazada en contratos a plazo fijo extensible al padre progenitor
Al respecto la SCP 1206/2016-S3 de 3 de noviembre, con relación a los casos donde se alega inamovilidad laboral por estado de gestación y la relación laboral de contratos a plazo fijo, extensible al padre progenitor, sostuvo que: “…se llegó a pronunciar diferentes sentencias, cuyos criterios de tutela se encuentran sistematizados en la SC 1282/2011-R de 26 de septiembre, la cual estableció que: ‘En relación al amparo que concede esta acción de defensa, cuando la relación laboral de la mujer en estado de gestación deriva de contratos de trabajo a plazo fijo, la SC 1534/2010-R de 11 de octubre, realizando un análisis exhaustivo de las normas legales aplicables así como de la jurisprudencia sentada por este Tribunal -que merece ser desarrollado en su totalidad-, puntualizó:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la garantía de estabilidad laboral de la mujer embarazada en contratos a plazo fijo extensible al padre progenitor
- II. La inamovilidad laboral no se aplicará en contratos de trabajo que por su naturaleza sean temporales, eventuales o en contratos de obra
- 1) Si la mujer fue contratada a plazo fijo, fenecido el término pactado entre partes, se extingue la relación laboral, con la obligación del empleador de cancelar, si corresponde, los beneficios que la ley acuerda para tales casos, sin que pueda exigirse al empleador mantener a la trabajadora en el cargo aunque haya resultado embarazada en el lapso de la prestación de servicios;
- 2)
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- III.2.2. Respecto a la inamovilidad laboral al ser progenitor
- 13 de julio de 2015