Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2017-S1
Fecha: 15-Mar-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 11 de noviembre de 2016, cursante de fs. 56 a 58 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Iván Michel Torrez contra Julio César García Caller, Juez Disciplinario Primero de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Pando.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 10
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3. Subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.4. Sobre el Auto de Inicio de Sumario Disciplinario dentro del proceso administrativo en el Órgano Judicial
- De ahí que éste acto, al no resolver definitivamente la denuncia planteada, y considerando la lógica procesal del proceso administrativo sancionador, debe ser concebido como un acto preparatorio no impugnable directamente en la vía administrativa, pues ante la sumariedad de éste, debe existir una lógica de concentración de la impugnación con la resolución final del proceso,
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR