SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2017-S1

Fecha: 15-Mar-2017

denegó

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 59/2016 de 16 diciembre, cursante de fs. 744 a 749 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) Respecto a la supuesta extemporaneidad de la presentación de la acción tutelar, señaló que existe otra jurisprudencia  constitucional que refirió que los seis meses no son aritméticamente cumplidos; ii) Ante la supuesta falta de fundamentación y motivación alegada, se tiene que el hacer una relación de los derechos vulnerados no es suficiente, ya que la impetrante tenía la obligación de señalar en concreto cuáles fueron los puntos apelados que no han merecido respuesta por parte del Tribunal ad quem; iii) Sobre la RA 205/2015 emitida por el Tribunal de primera instancia, tampoco refirió cuales fueron los agravios sufridos, simplemente señaló de manera general la vulneración al debido proceso sin señalar de qué manera; iv) Respecto a la supuesta vulneración del juez natural, estableció que el referido Tribunal ha sido constituido con anterioridad al hecho ocurrido, cambiando solo las personas, por estar sujeto a una orden general de destinos realizada al final de cada gestión; y, v) El Tribunal de garantías consideró que la vacación no fue competencia de ninguno de los dos tribunales; asimismo, señaló la falta de legitimación pasiva para atender el hecho, al efecto estableció que dichas reclamaciones debieron realizarse a otras instancias.