SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2017-S1

Fecha: 23-Mar-2017

denegó

La Sala Civil del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 23/2016 de 28 de noviembre, cursante de fs. 61 a 64, denegó la tutela, en base a los siguientes fundamentos: i) En el caso de autos, no se establece la vulneración del principio de presunción de inocencia, debido proceso en sus elementos de falta de fundamentación, motivación y falta de valoración de la prueba; ii) En lo concerniente a la falta de legitimación activa de los funcionarios de transparencia que alega el accionante, el art. 183.II.3 de la LOJ faculta a los mismos para ese cometido, por lo que los señalados, simplemente cumplieron con su deber; ahora, determinar si la denuncia tiene o no fundamento valedero ya corresponde a la Jueza Disciplinaria o en su defecto al Tribunal de alzada; y, iii) Sobre la transgresión de su derecho al debido proceso, de lo analizado del cuaderno procesal y lo vertido en audiencia, se llegó a establecer que una vez planteada la denuncia se cumplieron con todas las formalidades que establece la Ley del Órgano Judicial y el Reglamento de Procesos Disciplinarios; es decir, que el denunciado tuvo conocimiento de la denuncia que pesaba en su contra, teniendo el tiempo para presentar su informe y plantear los medios probatorios destinados a desvirtuar las pretensiones de los denunciantes, así como a plantear los recursos de apelación contra la sentencia de primera instancia, evidenciándose que no se vulneró dicho derecho.