SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2017-S2

Fecha: 13-Mar-2017

III.3.  Análisis del caso concreto

La empresa accionante por intermedio de sus representantes, denuncia que el Director de la ATT vulneró sus derechos constitucionales, al haber decidido mediante RAR ATT-DJ-RAR-TL LP 718/2016, intervenir arbitrariamente el servicio de tv cable operado por COTAS en Montero, sin considerar el procedimiento aplicable para la migración y renovación de ATE a licencias únicas, y la normativa que la rige consistente en el art. 42 de la LGTTIC y art. 77 del DS 1391, puesto que considera que correspondía aplicar la primera disposición y no la segunda.

Señala también que, como los hechos descritos, constituyen vías de hecho cometidos en sede administrativa, debe efectuarse excepción al principio de subsidiariedad, además de que la vía administrativa resultaría ineficaz por su tiempo de duración y porque podría ocasionarse un daño irreparable en los ingresos económicos de COTAS.

Ahora bien, tomando en cuenta este último aspecto, corresponde verificar previamente, si en el caso concreto es aplicable o no la excepción al principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional, para luego si corresponde ingresar a analizar y resolver el fondo de la problemática expuesta.